ABOGADO
DE INMIGRACION​

Visas De Trabajo

Pardo Law Firm asiste a empresarios y empleadores en todos los procesos de inmigración Laboral y Visas de trabajo. Existen varias clasificaciones de visas para trabajadores temporales basadas en inmigración Laboral.

TRABAJADORES TEMPORALES

H1-B: Visas para profesionales con trabajos especializados, de investigación, y modelos.

L1-A: Transferencia de Ejecutivos o Gerentes.

L1B: Transferencia de profesionales especializados o expertos.

E-1: Comerciantes por tratado

E-2: Inversionistas por tratado

O-1: Habilidades Extraordinarias

P-1A: Atleta reconocido internacionalmente

P-2, P-2: Artistas, Animadores

Trabajadores Permanentes (Inmigración basada en un empleo)

EB-1

Puede ser que usted cumpla con los requisitos para recibir una visa de primera preferencia, basada en un empleo si tiene alguna aptitud extraordinaria, es un profesor o investigador sobresaliente o un ejecutivo o gerente de una multinacional.

EB-2

Puede ser que usted cumpla con los requisitos para recibir una visa de segunda preferencia, basada en un empleo si es un profesional y tiene un título de posgrado o su equivalente, o es un nacional extranjero que tiene una aptitud excepcional.

EB-3

Puede ser que usted cumpla con los requisitos para esta categoría de preferencia de visa de inmigrante si usted es un trabajador especializado, un profesional u otro tipo de trabajador.

  • “Los trabajadores especializados” son aquellas personas cuyo trabajo exige un mínimo de dos años de capacitación de o experiencia laboral, no de naturaleza temporal o eventual
  • “Los profesionales” son aquellas personas cuyo trabajo exige al menos un título de licenciado (baccalaureate) de los EE.UU. o su equivalente en el extranjero y sea un profesional
  • La subcategoría “otros trabajadores” es para aquellas personas que realizan un trabajo no especializado que exige menos de dos años de capacitación o experiencia, no de índole temporal o eventual.

 EB-5 (Inversionista Extranjero)

Los inversionistas pueden solicitar el estatus de residencia permanente basándose en la elegibilidad para EB-5, ya sea que vengan solos o con sus cónyuges y sus hijos solteros. Los extranjeros que cumplen con los requisitos son aquellos que han invertido – o se encuentran dedicados activamente al proceso de invertir – la cantidad necesaria de capital en la nueva empresa que han establecido. Deberán demostrar además que esa inversión será beneficiosa para la economía de los Estados Unidos y que creará el número de empleos a tiempo completo que se exige para las personas calificadas dentro de los Estados Unidos.

La inversión debe ser por la cantidad minima vigente para casos en que la inversión se ha hecho en un “área de desempleo identificada.”

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