ABOGADO
DE INMIGRACION​

AVISO DE FRAUDE: Protéjase de Estafadores e Impostores de Inmigración
Estafadores están suplantando a nuestro despacho y sus abogados mediante redes sociales, WhatsApp, y pidiendo pagos por Zelle.
Haga clic aquí para más información y saber cómo protegerse de estafadores e impostores de inmigración
AVISO DE FRAUDE: Protéjase de Estafadores e Impostores de Inmigración

Hemos sido informados de que hay personas que se hacen pasar por Pardo Law Firm, PLLC y sus abogados mediante redes sociales, WhatsApp, y solicitando pagos por Zelle. Estas personas afirman fraudulentamente representar a nuestro despacho y solicitan dinero a posibles clientes.

Pardo Law Firm NUNCA:

  • Lo contactará a través de redes sociales, WhatsApp ni ninguna cuenta personal
  • Solicitará ni cobrará honorarios a través de redes sociales, WhatsApp ni canales informales. Todos los pagos se procesan únicamente a través de nuestra oficina oficial
  • Pedirá pago relacionado con su caso antes de que se haya completado una consulta formal y se haya firmado un acuerdo de representación
  • Solicitará pagos por Zelle, Venmo, Cash App ni ninguna plataforma de pago personal. Cualquier pago por Zelle aceptado por nuestro despacho se procesa únicamente a una cuenta bancaria oficial a nombre de la firma
  • Garantizará ni prometerá un resultado específico en su caso de inmigración
  • Lo referirá a una organización sin fines de lucro, caridad, iglesia ni ninguna organización externa para ayudar con o reducir sus honorarios legales. No tenemos ninguna afiliación con ninguna organización de este tipo

Cómo verificar que está comunicándose con nuestro despacho:

  • Use únicamente el número de teléfono oficial y la dirección de correo electrónico que figuran en este sitio web
  • Llame directamente a nuestra oficina para programar y confirmar cualquier consulta antes de proporcionar información personal o realizar algún pago
  • Si tiene alguna duda sobre con quién está hablando, puede solicitar una videollamada con el abogado para confirmar visualmente su identidad
  • Tenga en cuenta que nuestras consultas no son gratuitas. Si alguien le ofrece una consulta gratuita afirmando representar a nuestro despacho, trátelo como una señal de alerta.
Si cree que ha sido contactado por alguien que se hace pasar por Pardo Law Firm, no envíe dinero. Puede reportar el incidente a la FTC en ReportFraud.ftc.gov y a las autoridades locales.

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Tarjeta verde / Green Card para un nativo o ciudadano cubano

La Ley de Ajuste Cubano de 1966 (CAA, por su sigla en inglés) prevé un procedimiento especial para que los nativos o ciudadanos cubanos y sus cónyuges e hijos acompañantes puedan obtener la Tarjeta verde / Green Card (residencia permanente). La Ley de Ajuste Cubano (CAA, por su sigla en inglés) le concede al Procurador General la discreción para otorgar la residencia permanente a nativos o ciudadanos cubanos que solicitan la Tarjeta verde / Green Card si:

  • han estado presentes en los Estados Unidos por al menos 1 año
  • han sido admitidos o se les ha otorgado un permiso anticipado
  • son admisibles como inmigrantes

Sus solicitudes para la Tarjeta verde / Green Card (residencia permanente) pueden ser aprobadas aún si ellos no reúnen los requisitos normales en la sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por su sigla en inglés). Debido a que los topes inmigratorios no se aplican a los ajustes conforme a esta Ley, el individuo no necesita ser el beneficiario de una petición de visa de inmigrante. Además, un nativo o ciudadano cubano que llega a un lugar que no es un puerto de entrada abierto puede aún reunir las condiciones para una Tarjeta verde / Green Card si el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) permite la entrada del individuo al país con el permiso de viaje.

Familiar de nativo o ciudadano cubano que presenta una solicitud conforme a la Ley de Ajuste Cubano (CAA, por su sigla en inglés). El cónyuge e hijo o hijos de un individuo que solicita la Tarjeta verde conforme a la Ley de Ajuste Cubano (CAA, por su sigla en inglés) puede también solicitar beneficios conforme a la misma ley independientemente de su país de ciudadanía o lugar de nacimiento, si:

  • la relación sigue existiendo hasta que el cónyuge o hijo dependiente recibe la Tarjeta verde / Green Card
  • están residiendo en los Estados Unidos con el individuo que solicita la Tarjeta verde / Green Card conforme a la Ley de Ajuste Cubano (CAA, por su sigla en inglés)
  • solicitan la Tarjeta verde / Green Card conforme a la Ley de Ajuste Cubano
  • reúnen las condiciones para recibir una visa de inmigrante
  • son de otra manera admisibles a los Estados Unidos para dicha residencia permanente

 Nota: La definición de hijo implica que es soltero y menor de 21 años de edad. Los hijastros, los hijos adoptivos y los hijos extramatrimoniales pueden reunir las condiciones de hijo para efectos del Ajuste Cubano si la relación entre el padre y el hijo que se alega cumple los requisitos detallados en la sección 101(b) (1) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por su sigla en inglés).

Si está buscando un abogado de inmigración en Charlotte para ayuda con su ajuste de estatus, llámenos para una consulta al (704) 644-7065.

AVISO: La información en esta página web es solo información general y no debe ser usada como un consejo legal para un caso o situación particular. Así mismo, esta información no establece una relación abogado-cliente. Si desea una consulta con el abogado para que analice su caso o contratarlo para algún servicio, llámenos al (704) 644-7065 para programar su cita.